Este sistema tiene como finalidad ofrecer una respuesta ágil a las reclamaciones en materias como la suplantación de identidad y la recepción de publicidad no deseada.
“La AEPD acoge con satisfacción esta iniciativa, que va a ser un instrumento importante para avanzar en la consecución de los objetivos del Reglamento. El procedimiento, voluntario para los ciudadanos e independiente de las reclamaciones planteadas ante la Agencia, puede contribuir a agilizar las reclamaciones sobre unos hechos que tienen unos efectos especialmente negativos para los afectados”, afirma Mar España Martí, Directora de la Agencia Española de Protección de Datos.
El nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establece la obligación de que las Autoridades competentes promuevan la elaboración de códigos de conducta que aseguren la correcta aplicación de la normativa de protección de datos personales, el cuál entrará en vigor en mayo del próximo año. Entre los objetivos de los códigos de conducta se puede destacar diferentes vías y una de ellas es la posibilidad de articular procedimientos extrajudiciales y otros procesos en los que conflictos puedan resolverse de una manera más sencilla. Así como también permitan resolver las reclamaciones que plantean los ciudadanos ante aquellos que tratan sus datos.
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